A raíz
de que Perea debe enviar todos los proyectos técnicos al Concejo
deliberante y esto por haberle quitado los superpoderes, el concejal
Páez tras un estudio profundo de un expediente detectó que Perea Presupuesto dos
veces un mismo techo del SUM 25 de Agosto, por lo que el expediente fue rechazado
por los concejales por considerarlo improcedente. Esto hasta causó malestar y risas
en los mismos concejales oficialistas que entre otras cosas dijeron: "para
chorizo ,esto ya es largo."
En
consecuencia la oposición elaboró el siguiente despacho de Comisión que a lo último
tuvo que ser aprobado por unanimidad:
A)- Se sugiere la devolución de todas las actuaciones
en virtud de lo dispuesto por el artículo 110 del Reglamento Interno y de la Ordenanza Nº 013/10.
Independientemente de lo expresado en el inciso
“A”, se advierte a sí mismo lo siguiente:
B)- En fojas 04 del Expediente 156/10 se
observa que el número de dictamen
asignado por el Asesor Legal del Municipio es 05/09, de fecha 17 de Septiembre
de 2.010, no coincidiendo este con la correlatividad del año en curso.
C)- De fojas 08 a 15 y de fojas 28 a 33 del Expediente 156/10,
no se encuentran refrendadas con la firma del Intendente Municipal.
D)- Con
fecha 04 de Agosto de 2010, este Cuerpo Deliberativo a través de la ordenanza
Nº 010/10, aprobó la Partida Presupuestaria
de $ 398.296,57 con fondos provenientes de Aportes No Reintegrables del Fondo
Federal Solidario, para la construcción del Salón de Usos Múltiples del Barrio
25 de Agosto del Distrito Huachaschi.
E)- Que en el Artículo 3º de la Ordenanza precitada se estableció
como condicionante que la utilización del monto incorporado por parte del Ejecutivo Municipal, solamente
podrá llevarse a cabo una vez corregida las observaciones efectuadas por el Concejo
Deliberante al Proyecto Técnico de Obra, reflejado esto en el Despacho de
Comisión de fecha 02 de Agosto de 2.010. Cuestión esta que nunca fue respetada
por parte del Ejecutivo ya que dio comienzo a la construcción sin que el
proyecto antes mencionado ingresara nuevamente a este Concejo con todas las
observaciones subsanadas.
F)- Que con fecha
del 17 de Septiembre de 2010, el Ejecutivo Municipal elevo a este Cuerpo
Deliberativo un Proyecto de Ordenanza solicitando ampliación de partida
presupuestaria por $ 26.373,74 para la Obra “Salón de Usos Múltiples del Barrio 25 de
Agosto”, en donde se puede constatar que en Fojas 07, el Intendente Municipal eleva
documentación al Subsecretario de Asuntos Municipales de la Provincia C.P.N Víctor Javier
Quinteros, refiriéndose la misma a la supuesta omisión por parte del área de
Obras y Servicios Públicos de la inclusión en el momento de la confección del
proyecto original, de la cubierta del techo con sus correspondientes
estructuras.
G)- Entre otros datos se puede observar en fojas
08 y 09 del Expte. Nº 156/10, en donde se hace mención a materiales tales como:
* 24 Chapas de Zinc onduladas Nº 27 1,10x 6 mts.
* 200 Ganchos tipo “J” de ½ x ¼ completos
Materiales estos que subsanarían el error
remarcado en el ítem anterior por parte del área de Obras y Servicios públicos
del Municipio de la supuesta omisión de la cubierta del techo.
H) Que en la Ordenanza
010/10, aprobada por este Concejo se incorporó al cuadro financiero del
Presupuesto 2010, la suma de $ 398.296,57. Incorporación ésta que se aprueba en
base a lo presupuestado por el Ejecutivo Municipal para la construcción
del SUM (Bº 25 de agosto), en el proyecto
original de obra, referenciado en el Expediente Letra “DE” Nº 104/10, se hace
mención a la cobertura para el techo del mencionado edificio en las siguientes
fojas: (fojas 24 Ref./ “Computo Métrico General, ítem 9: techo de chapa con
estructuras metálicas, cobertura total 66,19 m2 ) ; (fojas 28, Ref./ “Computo de Materiales: Veintitrés chapas de zinc de 5,45 x 1,10mts y
dos chapas galvanizadas de 2,44 x 1,22 Nº 22. Como así también ganchos tipo J
de 0,6mm de largo); (fojas 41 Ref. / ”Análisis
de Precios para llevar a cabo Cubierta de chapas sobre estructura metálica”); (fojas
69 Ref./ “Valores de Referencia Mano de Obra y Materiales: ítem 7 y 7,1:
Cubierta de chapa sobre estructura metálica, cantidad a cubrir 66,19 m2, total del ítem
7,1 $ 4.927,85); (fojas 73 Ref. / “Presupuesto de Materiales de la Firma MAFAP S.A.:
chapas de zinc de 5,45 x 1,10 mts. Cantidad 23 a un precio total de $ 5.692,50
y ganchos tipo J de 0,6. Cantidad 70 a un precio total de $
280,00 entre otros materiales para la colocación del techo); (fojas 77 Ref. /
“Presupuesto de la Firma ACEMAT
S.R.L: se encuentra presupuestado todos los materiales para el techado del
edificio por un monto de $10.119,63), (fojas 87:R/ “Presupuesto Mano de Obra”:
ítem 12º: cubierta de Chapa 66,16
m2, por un monto de $ 3.048,75).
Por lo tanto los ediles firmantes del presente
despacho concluimos que con la aprobación de la ordenanza 010/10, se ha
incorporado la partida destinada entre otras cosas para llevar a cabo el
techado del SUM “Bº 25 de Agosto”. Por lo que consideramos que aprobar la
incorporación de una nueva partida para tal fin constituiría una evidente anomalía
en nuestro accionar parlamentario, convalidando un supuesto hecho de doble
valuación de una obra determinada por parte del Departamento Ejecutivo.
A tales fines solicitamos a los Sres. Ediles la
devolución del Expediente 156/10, al Ejecutivo Municipal por considerarlo
improcedente, dadas las falencias observadas. Así mismo solicitamos el envío de
las presentes actuaciones a la
Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia, para que las
autoridades a cargo de la misma, tomen el conocimiento pertinente.
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